ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINA LA CIRCUNSCRIPCIÓN TERRITORIAL DE LAS ADUANAS Y SUS SECCIONES ADUANERAS.

Carlos Mendoza Mendez | 17 May 2025 | 19 visitas

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Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo de 2025
Antecedentes y fundamento.


El presente acuerdo, emitido por la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), tiene como propósito definir formalmente las áreas geográficas de competencia de cada aduana en el país, incluyendo los municipios y estados que les corresponden, así como sus respectivas secciones aduaneras (aeropuertos, puertos, cruces fronterizos, etc.). Se fundamenta en la Ley Aduanera y el Reglamento Interior de la ANAM. Este acuerdo abroga el publicado el 1 de marzo de 2022 y su modificación del 17 de marzo de 2022.
Objetivo del Acuerdo
Brindar certeza jurídica y operativa a los contribuyentes, agentes aduanales, empresas y autoridades respecto a:
La delimitación territorial de actuación de cada aduana.
Las secciones aduaneras subordinadas a cada una.
La coordinación en la entrada y salida de mercancías del país.
Contenido relevante
Se establece la circunscripción territorial para 50 aduanas del país, distribuidas por regiones, incluyendo municipios específicos por cada aduana.
Cada aduana cuenta con una o varias secciones aduaneras, que pueden ser:
Aeropuertos internacionales.
Puertos marítimos.
Cruces fronterizos.
Terminales ferroviarias.
Se indica que las aduanas marítimas también ejercen competencia sobre:
Zona federal marítimo-terrestre.
Mar territorial.
Zona económica exclusiva.
Aguas interiores y playas frente a su litoral.
En casos de caso fortuito o fuerza mayor, se permite que una aduana ejerza funciones en la circunscripción de otra.
Disposiciones complementarias
Se reconoce que, en caso de modificaciones administrativas (creación, desaparición o cambio de nombre de municipios), las referencias en este acuerdo seguirán siendo válidas para efectos legales y operativos.
La entrada en vigor del presente acuerdo está sujeta a la emisión de disposiciones operativas por parte del SAT.
Implicaciones para el sector privado
Las empresas deben confirmar si la aduana asignada a su domicilio fiscal o planta operativa ha cambiado.
Este acuerdo puede impactar la logística de importación/exportación, la asignación de permisos, así como el seguimiento a trámites ante la autoridad aduanera.
Es clave para operadores IMMEX, OEA y empresas con operaciones multisede validar su alineación con la nueva delimitación territorial.

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