Valor probatorio de fotografías. Las ofrecidas para acreditar la materialidad de operaciones 76 visitas
| 28 Oct 2025
REPORTE EJECUTIVO – USO PRÁCTICO DE LA TESIS JUDICIAL
Título: Valor probatorio de fotografías. Las ofrecidas para acreditar la materialidad de operaciones y/o actos celebrados con contribuyentes incluidos en la lista del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, deben estar certificadas.
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Materia: Administrativa
Tesis: II.3o.A.53 A (11a.)
Tipo: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Fecha de publicación: 17 de octubre de 2025
1. Contexto general
Esta tesis del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito aclara los requisitos para que las fotografías tengan valor probatorio cuando se presenten en juicio para acreditar la materialidad de operaciones con contribuyentes incluidos en el listado definitivo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (operaciones simuladas).
El tribunal resolvió que las fotografías solo pueden ser valoradas si están debidamente certificadas, conforme al artículo 217 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
2. Fundamento jurídico
El artículo 217 del CFPC dispone que las fotografías ofrecidas como prueba en juicio deben:
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Estar certificadas por funcionario facultado, señalando lugar, fecha y circunstancias de su toma.
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Permitir demostrar el contexto y veracidad de los hechos que pretenden acreditarse.
Por tanto, una fotografía sin certificación carece de valor jurídico probatorio y no puede usarse para acreditar la materialidad de operaciones o servicios.
3. Aplicación práctica del criterio
A. Para empresas o contribuyentes
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En auditorías o litigios fiscales:
Las fotografías que se ofrezcan como evidencia deben estar certificadas por fedatario público, autoridad o funcionario competente (no bastan capturas o impresiones simples). -
En cumplimiento documental:
Incorporar en los expedientes de operaciones documentos que acompañen las imágenes (actas de constatación, certificaciones o sellos digitales de origen). -
Prevención de contingencias:
Asegurar que la evidencia fotográfica presentada en revisiones del SAT cumpla los requisitos legales antes de cualquier procedimiento.
B. Para despachos y abogados fiscalistas
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Pruebas en medios de defensa:
Al promover juicios de nulidad o amparo relacionados con operaciones 69-B, incluir fotografías debidamente certificadas; de lo contrario, los tribunales las desecharán. -
Estrategia procesal:
Orientar a clientes sobre el estándar probatorio reforzado que impone esta tesis y la necesidad de generar evidencia técnica (no solo documental o testimonial).
C. Para la autoridad fiscal o verificadora
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Evaluación de pruebas del contribuyente:
Las autoridades deben requerir certificación de las fotografías ofrecidas como prueba y pueden desestimarlas si carecen de autenticación válida. -
Fortalecimiento de revisiones:
Refuerza la validez de las pruebas electrónicas o fotográficas en auditorías siempre que cumplan con certificación formal.
4. Impacto operativo
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Se eleva el estándar probatorio para acreditar la materialidad de operaciones bajo el artículo 69-B.
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Afecta directamente a contribuyentes con proveedores listados como EFOS (Empresas que Facturan Operaciones Simuladas), quienes deberán cuidar la certificación y trazabilidad de su evidencia visual.
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Obliga a las empresas a protocolizar o certificar imágenes en procesos de defensa, revisiones o procedimientos administrativos.
5. Conclusión
El criterio delimita que las fotografías sin certificación oficial carecen de valor probatorio, especialmente en controversias derivadas del artículo 69-B del CFF.
Su uso práctico consiste en fortalecer la validez legal de la evidencia visual mediante certificación adecuada, asegurando que las imágenes tengan eficacia para demostrar la materialidad de operaciones ante el SAT o tribunales.
Este precedente se vuelve esencial para estrategias de defensa fiscal, políticas de compliance y auditoría interna en operaciones con riesgo de ser calificadas como inexistentes o simuladas.
Categoría: Articulos Trade and Compliance