notificación formal de la Secretaría de Economía (SE) que informa que están por vencer varias cuotas compensatorias definitivas 91 visitas
Carlos Mendoza Mendez | 25 Oct 2025
¿Qué es este aviso?
Es una notificación formal de la Secretaría de Economía (SE) que informa que están por vencer varias cuotas compensatorias definitivas (es decir, derechos antidumping ya establecidos).
Cuando una cuota compensatoria está próxima a vencer, la SE avisa públicamente para que los productores nacionales o cualquier interesado pueda solicitar que se revise su vigencia, y así decidir si debe mantenerse o eliminarse.
En términos simples:
- Estas cuotas compensatorias se aplican a importaciones que dañan a la industria nacional, normalmente por dumping (vender por debajo del valor normal).
- Tienen una vigencia determinada, generalmente 5 años.
- Antes de que expiren, la Secretaría debe publicar un aviso (como este) para que los interesados puedan pedir un “examen de vigencia” y demostrar si sigue existiendo el daño.
Qué establece el aviso
- Se comunica que varias cuotas vencerán entre enero y octubre de 2026.
- Los productores nacionales pueden solicitar por escrito un “procedimiento de examen de vigencia”, proponiendo un periodo de análisis de 6 meses a 1 año dentro del tiempo de vigencia actual.
- Esta solicitud debe presentarse 25 días hábiles antes del vencimiento de la cuota, ya sea:
- En la oficialía de partes de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI), o
- Por correo electrónico a upci@economia.gob.mx.
Ejemplo de plazos
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Producto |
País de origen |
Último día de vigencia |
Fecha límite para pedir revisión |
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Cierres de metal |
China |
6 enero 2026 |
12 noviembre 2025 |
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Aceite epoxidado de soya |
Argentina |
12 febrero 2026 |
6 enero 2026 |
|
Tubería de acero sin costura |
China |
24 febrero 2026 |
16 enero 2026 |
|
Artículos para cocinar de aluminio |
China |
13 octubre 2026 |
4 septiembre 2026 |
(La lista completa contiene más productos como acero, hongos, ferrosilicomanganeso, etc.)
¿Qué pasa si nadie pide revisión?
Si ningún productor nacional manifiesta interés antes del plazo:
La cuota compensatoria expira automáticamente, y las importaciones del producto ya no pagan ese derecho adicional.
En cambio, si se solicita:
La Secretaría inicia un examen de vigencia y puede mantener o eliminar la cuota según los resultados.
Fundamento legal
- Ley de Comercio Exterior (LCE):
- Artículos 70, 70-A y 70-B → regulan los procedimientos de examen de vigencia.
- Acuerdo Antidumping de la OMC (Art. 11.3 y 11.5) → base internacional de la revisión quinquenal.
Implicaciones prácticas
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Caso |
Qué implica |
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Eres importador |
Si la cuota vence y nadie la renueva, puedes importar sin pagar cuota compensatoria. |
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Eres productor nacional |
Si la cuota se elimina, podrías enfrentar competencia desleal (dumping), por lo que te conviene solicitar examen de vigencia. |
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Eres agente aduanal o consultor |
Debes estar pendiente de fechas límite para anticipar cambios en precios o flujo de importaciones. |
Categoría: Secretaria de Economia